Bienes gananciales o separación de bienes en España: ¿Cuál elegir?
En España, al casarse, las parejas pueden elegir entre tres regímenes económicos matrimoniales: la sociedad de gananciales o la separación de bienes, los dos más conocidos. Luego hay un tercero, participación de gananciales que casi nadie aplica (sea por desconocimiento o por pereza) y que no tendré en cuenta en este artículo. Esta elección influye en cómo se administran los bienes y se asumen las deudas durante el matrimonio. Puedes leer el artículo entero para que calen bien los conceptos o pinchar aquí para ir a la tabla comparativa, si quieres ver las diferencias entre ambos regímenes de forma compacta y resumida.
En la sociedad de gananciales, los bienes adquiridos durante el matrimonio son compartidos por ambos cónyuges. Por el contrario, la separación de bienes significa que cada uno mantiene su propio patrimonio y asume sus propias deudas.
- Regímenes económicos matrimoniales en España
- Régimen de sociedad de gananciales
- Régimen de separación de bienes
- Vivienda comprada antes del matrimonio y pagada durante el matrimonio
- Principales diferencias entre gananciales y separación de bienes
- Tabla comparativa: Sociedad de bienes gananciales y separación de bienes
- Factores a considerar para elegir el régimen económico matrimonial
- Principales preocupaciones al elegir un régimen económico
- Preguntas frecuentes sobre bienes gananciales y separación de bienes
Regímenes económicos matrimoniales en España
Cuando te casas, decides cómo gestionarás tu economía junto a tu pareja. La elección entre gananciales y separación de bienes puede cambiar la forma en que administráis vuestros recursos y enfrentáis las deudas. Esto también es válido para las parejas de hecho, con la diferencia de que éstas se rigen en la práctica por un régimen de separación de bienes.
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Definición de los regímenes económicos
Los regímenes económicos determinan si los bienes se comparten o se mantienen separados, además de cómo se gestionan las deudas. La decisión que tomes influirá en posibles futuras separaciones o herencias.
Aplicación por defecto según el Código Civil
En España, la sociedad de gananciales es el régimen por defecto según el Código Civil. Esto significa que, sin un acuerdo específico, tus bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio serán comunes. Sin embargo, puedes cambiar a separación de bienes mediante capitulaciones matrimoniales ante notario si prefieres un manejo individual.
Importancia de elegir un régimen económico
Elegir sabiamente entre sociedad de gananciales y separación de bienes impacta en la protección de tu patrimonio y en la gestión de deudas futuras. Pensar en tus circunstancias personales y patrimoniales te ayudará a decidir cuál se ajusta mejor a tus necesidades.
Si te vas a casar...
Puedes optar por casarte por lo civil, puedes contraer matrimonio ante notario para evitar las laaargas esperas que hay en los Registros Civiles y de paso definir el régimen económico con él.

Régimen de sociedad de gananciales
La sociedad de gananciales es el régimen general en España, donde todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran compartidos. Aquí dos tipos de bienes según si los habéis adquirido antes o después de casaros o por otras vías:
Bienes gananciales
Todo lo que vosotros ganéis durante el matrimonio, ya sean salarios, inversiones o compras, se convierte en bien común. En caso de separación o fallecimiento, estos bienes se reparten equitativamente. Más concretamente:
- Ingresos y ganancias: Todo lo que ganéis durante el matrimonio, ya sean salarios, inversiones o compras, se convierte en bien común.
- Rendimientos compartidos: Las ganancias que generen los bienes, sean gananciales o privativos, se suman al patrimonio común.
- Adquisiciones con dinero ganancial: Si compráis algo con fondos gananciales, ese bien pertenece a ambos, aunque sea para uno solo.
- Compra mixta: Si adquirís bienes usando parte de dinero ganancial y parte privativo, se asignan proporcionalmente según vuestra aportación, salvo la vivienda familiar, que tiene reglas especiales.
- Bienes adquiridos a plazos: Los bienes comprados a plazos durante el matrimonio, con el primer pago con dinero ganancial, también son comunes (excepto la vivienda familiar, que se rige por otra regla).
- Presunción de gananciales: Se asume que todos los bienes del matrimonio son gananciales, a menos que se pruebe lo contrario.
Bienes privativos
Cada uno conserva lo que tenía antes del matrimonio, así como lo que reciba por herencia o donación de forma individual. Estos no entran en la comunidad de bienes.
- Propiedad previa al matrimonio: Los bienes que tenías antes de casarte siguen siendo tuyos.
- Herencias y donaciones individuales: Cualquier bien recibido por herencia o donación tras el matrimonio no se comparte.
- Adquisiciones con fondos propios: Los bienes comprados usando únicamente tu dinero o recursos personales después del matrimonio son privativos.
- Derecho de retracto: Si adquieres algo a través de un derecho de retracto que te pertenece solo a ti, ese bien es privativo.
- Bienes personales no transmisibles “inter vivos”: Cosas como un instrumento musical personal o joyas de uso cotidiano (no de extraordinario valor) quedan contigo.
- Indemnizaciones específicas: Los pagos que recibas por daños o perjuicios personales no se mezclan con los bienes comunes.
- Instrumentos profesionales: Herramientas o equipos necesarios para tu profesión, siempre que no formen parte de un negocio común, son exclusivamente tuyos.
Bienes privativos a plazos
Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad tendrán siempre carácter privativo, aun cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial.
Se exceptúan la vivienda y ajuar familiares, respecto de los cuales se aplicará el artículo 1354 del Código Civil.
Artículo 1357 cc
Lo que nos dice el Artículo 1357 del Código Civil es que si hay bienes que comenzaste a pagar antes del matrimonio y terminaste de pagar durante el matrimonio, éstos seguirán siendo tuyos.
Solo hay una excepción: la vivienda de carácter familiar. Eso lo explico más abajo en mayor profundidad.
Administración de los bienes gananciales
Tanto tú como tu cónyuge debéis estar de acuerdo para administrar, vender o alquilar bienes comunes. Esta decisión conjunta fomenta la colaboración, pero también puede traer desacuerdos.
Responsabilidad en las deudas
Ambos sois responsables de las deudas adquiridas durante el matrimonio. Si uno se mete en problemas financieros, el otro podría verse afectado.
Ventajas y desventajas del régimen de sociedad de bienes gananciales
Ventajas
- Protección patrimonial: Protege al cónyuge menos favorecido al compartir un patrimonio común.
- Gestión conjunta: Facilita decisiones compartidas sobre los bienes del hogar.
Desventajas
- Deudas compartidas: Ambos responden por las deudas del matrimonio, lo que puede afectar la estabilidad económica, sobre todo si uno de vosotros asume altos riesgos financieros.
- Limitación de autonomía: Necesidad de consenso para decisiones importantes sobre bienes comunes.
- Vivienda hipotecada: Tras un divorcio, se complica recibir la compensación ganancial pagada por el otro cónyuge, pudiendo demorarse mucho según cómo decida el juez.
Resumen de la sociedad de gananciales: las adquisiciones e ingresos tras vuestra unión matrimonial pertenecen a ambos, exceptuando la vivienda, que es un caso especial de propiedad que dependerá de cuánto pagó cada uno y de si hay hijos de por medio.
Régimen de separación de bienes
La separación de bienes permite que cada cónyuge mantenga su patrimonio y gestione sus deudas de forma independiente, sin que afecte al otro.
Características del régimen de separación
Independencia de bienes
Cada uno administra su propio patrimonio, sin que los bienes adquiridos por el otro se mezclen ni se compartan automáticamente.
Responsabilidad en deudas
Cada cónyuge responde solo por sus propias deudas, protegiendo el patrimonio del otro ante posibles problemas financieros. Muy útil, cuando uno de vosotros, sea por un negocio o por inversiones, asume un mayor riesgo de endeudamiento o bancarrota.
Proceso de formalización del régimen de separación de bienes
Elaboración de capitulaciones matrimoniales
Para optar por la separación de bienes, debéis elaborar capitulaciones matrimoniales que reflejen vuestra decisión. Estas pueden firmarse antes o después de la boda y deben formalizarse ante notario.
Función del notario
El notario se encarga de revisar y formalizar las capitulaciones, garantizando que el acuerdo es legal y que ambos cónyuges comprenden sus derechos y obligaciones.
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Ventajas y desventajas
Beneficios
- Autonomía financiera: Cada cónyuge administra su patrimonio sin interferencias.
- Protección ante deudas: El patrimonio del otro cónyuge está protegido en caso de deudas.
Desventajas
- Falta de patrimonio común: En caso de divorcio, no hay bienes gananciales para repartir.
- Menor apoyo económico: El cónyuge con menos recursos no recibe automáticamente protección patrimonial.
Si queréis un régimen económico de separación de bienes, lo mejor es hacer capitulaciones matrimoniales antes de la boda, porque de lo contrario os podríais enfrentar a un pago de impuestos a Hacienda por un posible incremento patrimonial tras repartirse los bienes.
Vivienda comprada antes del matrimonio y pagada durante el matrimonio
En principio, esa vivienda comprada antes del matrimonio es un bien privativo, es decir, sigue siendo propiedad exclusiva de quien la compró antes de casaros. Pero si la casa se convierte en el domicilio familiar y seguís pagando la hipoteca con dinero ganancial, o sea, de los ingresos de cualquiera de vosotros dos, las cosas cambian un poco. En esos casos, parte de la vivienda puede considerarse ganancial, especialmente si se usa para la vida en común y se pagan gastos con fondos compartidos.
¿Y qué pasa en caso de divorcio?
- Vivienda pagada antes del matrimonio: Si se compró y pagó totalmente antes de casarse, sigue siendo privativa y el propietario puede disponer de ella sin mayores complicaciones.
- Vivienda adquirida antes pero con pagos durante el matrimonio: Si se continuó pagando la hipoteca con dinero ganancial y la vivienda fue el domicilio familiar, al separarse el propietario podría tener que compensar al otro cónyuge por la parte que se pagó con fondos gananciales.
- Con hijos: En caso de divorcio con hijos, da igual si tienes separación de bienes o bienes gananciales; quien se quede con la custodia y la guarda de los hijos, podrá permanecer en la vivienda hasta la mayoría de edad de los mismos, sin que esto implique necesariamente un pago inmediato de una compensación, si hubiera un derecho a la misma.
Para evitar complicaciones, lo ideal es optar por el régimen de separación de bienes mediante capitulaciones matrimoniales antes de casarse, sobre todo en este tipo de casos. Así, cada quien conserva su patrimonio y no habrá sorpresas desagradables en caso de divorcio: si la vivienda se pagó con tus fondos, sigue siendo tuya y no tendrás que compensar nada a tu ex pareja.
En definitiva, planificar con antelación y asesorarte legalmente te ayudará a escoger el régimen económico que mejor proteja tus activos y evite futuros problemas. Es una decisión que, aunque parece fría, se basa en proteger tu patrimonio y asegurar un futuro tranquilo para todos.
Principales diferencias entre gananciales y separación de bienes
Las diferencias clave entre los regímenes de sociedad de gananciales y separación de bienes afectan la titularidad, gestión y distribución de bienes y deudas durante y después del matrimonio.
Titularidad y administración de bienes
En la sociedad de gananciales, los bienes adquiridos durante el matrimonio son compartidos y requieren consenso para gestionarse. En la separación de bienes, cada cónyuge es dueño de lo que adquiere y administra sus propios bienes.
Deudas y obligaciones
En gananciales, ambos responden por las deudas contraídas durante el matrimonio. En separación de bienes, cada uno asume sus propias obligaciones, lo que puede proteger el patrimonio del otro.
En caso de disolución
Si el matrimonio se disuelve, en sociedad de gananciales se reparte el patrimonio común como explico en mi blog sobre liquidación de gananciales ante notario. En separación de bienes, cada cónyuge conserva lo que es suyo, simplificando la división de bienes.
Tabla comparativa: Sociedad de bienes gananciales y separación de bienes
Aspecto | Sociedad de gananciales | Separación de bienes |
---|---|---|
En general | La mayoría de los bienes adquiridos durante el matrimonio son compartidos. | Cada cónyuge mantiene su propio patrimonio de forma independiente. |
Bienes gananciales vs. privativos | - Bienes gananciales: Ingresos, inversiones y compras durante el matrimonio se reparten equitativamente. - Bienes privativos: Los que cada uno tenía antes o recibe por herencia/donación son exclusivos. | - Todos los bienes de cada cónyuge son de su propiedad exclusiva. - No se comparten automáticamente los bienes adquiridos durante el matrimonio. |
Vivienda privativa tras divorcio | - Adquirida y pagada antes del matrimonio: el propietario es de quien la pagó. - Terminada de pagar durante el matrimonio: el que la reciba compensará a su ex-pareja con lo que aportó. - Si hay hijos: quien tenga la guarda y custodia, puede usarla hasta la emancipación de los hijos. | - Quien pagó la vivienda, es propietario y se la queda tras un divorcio. - Si se hizo una reforma o mejora a la vivienda con dinero del otro cónyuge, este recibirá la compensación por esta mejora. - Si hay hijos: quien tenga la guarda y custodia, puede usarla hasta la emancipación de los hijos. |
Gestión de bienes | - Administración conjunta requiere consenso para vender, alquilar o gestionar bienes comunes. - Ambos son responsables de deudas contraídas durante el matrimonio. | - Cada uno administra sus bienes y asume sus propias deudas. - Protección del patrimonio del otro ante deudas. |
Proceso de formalización | No se requiere trámite especial para aplicar gananciales si no se elige otro régimen. | - Elaboración de capitulaciones matrimoniales ante notario para optar por separación de bienes. |
Ventajas | - Protección patrimonial para el cónyuge menos favorecido. - Facilita decisiones compartidas sobre bienes comunes. | - Autonomía financiera completa. - Protección del patrimonio individual ante deudas del otro. |
Desventajas | - Responsabilidad compartida en deudas. - Requiere consenso para decisiones importantes, limitando la autonomía. | - No hay patrimonio común para repartir en divorcio. - Menor protección económica para el cónyuge con menos recursos. |
Factores a considerar para elegir el régimen económico matrimonial
La elección del régimen económico impacta en cómo gestionáis vuestras finanzas. Debéis considerar varios factores para tomar la mejor decisión.
Diferencias patrimoniales y futuras herencias
Si uno de vosotros tiene un patrimonio considerable o espera heredar bienes, la separación de bienes puede ser preferible para proteger esos activos y evitar confusiones en la distribución futura.
Actividades empresariales y protección de activos
Si uno de los dos está involucrado en un negocio, la separación de bienes protege sus activos personales. Así, si la empresa tiene problemas, el patrimonio personal del otro cónyuge no corre riesgo.
Aspectos jurídicos y consenso en la pareja
La decisión sobre el régimen económico debe ser consensuada. Discutir y entender bien las implicaciones legales de cada opción evita futuros desacuerdos. Un abogado puede ayudar a aclarar dudas y guiaros en el proceso.
- Asesoramiento legal: Un abogado especializado en derecho de familia te informa sobre las ventajas y desventajas de cada régimen y os ayuda a redactar los acuerdos necesarios, protegiendo vuestros intereses.
- Redacción de acuerdos y capitulaciones: Formalizar el régimen económico elegido mediante capitulaciones matrimoniales asegura que lo acordado quede claro y legalmente protegido, evitando malentendidos en el futuro.
Principales preocupaciones al elegir un régimen económico
Para concluir, quiero comentar la parte más humana y emocional sobre este asunto. Cuando te enfrentas a la elección de un régimen económico matrimonial, es normal que surjan preocupaciones y conflictos internos. Aunque la idea de no compartir todo con la persona que amas puede sonar fría, se basa en experiencias y miedos reales.
-
Protección ante malos entendidos financieros:
Optar por la separación de bienes surge del temor a que, con el tiempo, las finanzas de uno se mezclen de forma problemática. Si uno de los dos tiene deudas importantes o lleva una vida financiera arriesgada, puedes pensar: "No quiero que mis ahorros o propiedades se vean afectados por decisiones financieras irresponsables de mi pareja". Así, proteges lo que tanto esfuerzo te ha costado acumular.
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Miedo a la ruptura y sus consecuencias:
La separación de bienes te prepara para el peor escenario: un divorcio. Imagina que tras años juntos, la relación termina. Si ambos tienen bienes compartidos, la liquidación puede ser dolorosa y complicada. Al elegir separación, cada uno mantiene lo suyo, minimizando resentimientos y disputas legales. Esto se ve como un acto de prudencia, no de desconfianza.
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Incertidumbre sobre el futuro económico del otro:
Al empezar la vida en común, no siempre sabes cómo evolucionarán las finanzas de tu pareja. Quizás uno de vosotros planea un negocio arriesgado y el otro prefiere estabilidad. La separación de bienes permite que cada quien administre sus recursos sin que los riesgos de uno afecten al otro, manteniendo independencia y evitando futuros roces financieros.
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Protección de herencias y bienes familiares:
Si tienes bienes familiares, propiedades o herencias que quieres preservar, la separación de bienes te permite conservarlos sin que se mezclen con el patrimonio común. Esto protege lo que has heredado o ganado antes del matrimonio.
-
Sentimiento de seguridad y autonomía:
No se trata de no compartir por falta de amor, sino de mantener cierta autonomía. Así, cada uno puede crecer financieramente sin dependencia total del otro, reforzando la confianza y estableciendo límites claros y justos.
En definitiva, proteger tus activos no significa desamor. Se trata de prevenir conflictos financieros y garantizar seguridad personal y en la relación a largo plazo. Cada pareja debe encontrar el equilibrio que les permita sentirse seguros y valorados, tanto emocional como económicamente.
Preguntas frecuentes sobre bienes gananciales y separación de bienes

¿Es posible cambiar el régimen económico durante el matrimonio?
Sí, es posible cambiar el régimen económico durante el matrimonio mediante capitulaciones matrimoniales. Estas deben formalizarse ante notario y requieren el acuerdo de ambos cónyuges. En algunas comunidades autónomas como Cataluña, Valencia o Baleares, el régimen de separación de bienes es el aplicado por defecto, por lo que no siempre será necesario firmar capitulaciones para optar por este régimen.
¿Cómo se protege el patrimonio privativo en la separación de bienes?
En la separación de bienes, cada cónyuge protege su patrimonio individual. Los bienes heredados o recibidos por donación siguen siendo de propiedad exclusiva, sin formar parte de la sociedad común, lo que asegura una independencia económica para cada miembro del matrimonio.
¿Cómo influye el régimen económico en la vivienda familiar?
El régimen económico afecta a cómo se considera la vivienda familiar. En gananciales, la casa adquirida durante el matrimonio es propiedad común de ambos cónyuges. En separación de bienes, cada uno conserva la parte que le pertenece, especialmente si la adquirió antes del matrimonio o con su dinero. Esto puede ser determinante en cómo se reparte la vivienda en caso de divorcio.